El texto prevé la protección del entorno espacial con penalidades por el incumplimiento de las normas, fomentando el desarrollo científico del país.
El texto prevé la protección del entorno espacial con penalidades por el incumplimiento de las normas,fomentando el desarrollo científico del país.
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La Ley 14,946/23,promulgada por el presidente Luiz Inácio Lula da Silva el 31 de julio,establece normas para las actividades espaciales en Brasil. Define términos de explotación económica y regula el licenciamiento,las autorizaciones y la protección del entorno espacial.
Las actividades espaciales en Brasil se clasifican como civiles o de defensa. Las de defensa son reguladas por el Comando de la Aeronáutica,mientras que las civiles son ahora gestionadas por la Agencia Espacial Brasileña (AEB),que exige que los operadores privados obtengan las licencias correspondientes y presenten garantías financieras para cubrir posibles daños.
La ley instituyó la obligatoriedad del Registro Espacial Brasileño (Resbra) como sistema de recopilación,tratamiento y almacenamiento de datos e información sobre las actividades espaciales en Brasil. La eventual necesidad de transferir el control de un artefacto requerirá una nueva licencia o autorización.
Además,se creó el Sistema de Investigación y Prevención de Accidentes en Actividades Espaciales (Sipae),cuya actuación se basará en “prácticas,técnicas,procedimientos y métodos con el objetivo de identificar eventos,acciones,condiciones o circunstancias que,de forma aislada o conjunta,representen riesgos para la integridad de las personas,las infraestructuras espaciales y otros bienes,únicamente en beneficio de la prevención de accidentes en actividades espaciales”,aclara el texto.
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El texto establece que las actividades espaciales deben ser planificadas y ejecutadas para minimizar la generación de desechos espaciales y reducir el riesgo de colisiones en órbita. La Agencia Espacial Brasileña (AEB) será responsable de regular estas actividades en el sector civil y del rescate de artefactos y desechos espaciales en el territorio nacional,pudiendo celebrar acuerdos y asociaciones para viabilizar estas acciones.
En caso de siniestro,el operador espacial será responsable de los daños,con la Unión actuando subsidiariamente si es necesario. Las actividades realizadas sin las debidas autorizaciones y otras infracciones están sujetas a sanciones como multas,que serán destinadas al Fondo Nacional de Desarrollo Científico y Tecnológico (FNDCT) y al Fondo Aeronáutico.
Los recursos obtenidos de las actividades espaciales deberán ser reinvertidos en investigación,infraestructura,conciencia situacional espacial,prevención de accidentes y desarrollo socioambiental.
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